San Miguel Ecatepec y sus recursos municipales
La lucha de la comunidad chontal de San Miguel Ecatepec por sus recursos municipales
San Miguel Ecatepec, forma parte del pueblo indígena chontal del Estado de Oaxaca, clasificada como chontal alta. San Miguel tiene un alto grado de marginación y pobreza, según los datos según el Coneval e INEGI. Es una comunidad rural con 667 habitantes según el Censo Nacional de Población de 2020 y recibe escasas participaciones municipales por parte de la cabecera municipal. Por tal razón, con la asesoría de Litigio Estratégico Indígena inició un juicio de derechos indigenas ante la Sala de Justicia Indígena del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca.
San Miguel Ecatepec, perteneció administrativamente, al municipio de Santa María Ecatepec, distrito de San Carlos Yautepec, Oaxaca, pero por la extensa distancia que representaba viajar de la comunidad a la cabecera municipal, decidieron pertenecer al municipio de Tequisistlán, distrito de Tehuantepec, Oaxaca. San Miguelito se reconoce como una comunidad Indígena en tanto que su vida interna se rige por sistemas normativos internos y asumen como propios los rasgos sociales, creencias, usos, costumbres, forma de vida y las pautas culturales que caracterizan a los miembros de nuestra comunidad indígena.
La comunidad de San Miguel Ecatepec, sin embargo desde su incorporación administrativa al municipio de Magdalena Tequisistlán, no ha tenido realmente apoyo para combatir su rezago social por parte del municipio de Tequisistlán. Durante los últimos 20 años recientes, San Miguel Ecatepec, no tiene obra social a pesar de que al municipio de Tequisistlán se le asignan participaciones económicas por parte de la Federación y del gobierno del estado los conceptos del ramo 28 para el fortalecimiento municipal y el ramo 33 fondos III y IV, para el desarrollo de la infraestructura social.
Es importante indicar que los criterios de distribución de estos recursos de los municipios a las agencias debe realizarse con base en el total de habitantes del último censo poblacional y del total del ramo 28 que recibe el municipio de Tequisistlán deberá dividirse entre el total de número de ciudadanos de todo el municipio y el resultado obtenido, es lo que le corresponde al municipio por cada ciudadano al igual que el total del ramo 33.
La asamblea de la comunidad ordenó que los representantes acudieran ante Litigio Estratégico Indígena para que los acompañara ante la Sala de Justicia Indígena del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca. Actualmente se tramita el juicio de derecho indígena JDI/05/2022.