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El Acuerdo de Escazú

Juicio de amparo para hacer cumplir el Acuerdo de Escazú

El Acuerdo de Escazú, busca que todos los Estados parte tengan una agenda ambiental enfocada en la transparencia e información ambiental, participación ciudadana en materia ambiental, justicia ambiental y protección a los defensores ambientales.


María Fernanda, estudiante del sexto semestre de la licenciatura en Derecho en la Benemérita Universidad de Oaxaca, sabe que uno de los mecanismos más efectivos para que se cumplan las normas que forman parte del ordenamiento nacional, es el juicio de amparo. Y acudió a Litigio Estratégico Indígena A.C. para promover el juicio de amparo.


Además, sabe que por la gran reforma de 2011, con respecto a Derechos Humanos, donde se reconoce la creación del parámetro de control constitucional, en el que se reconocen al fin los tratados internacionales como instrumentos necesarios para la impartición de justicia y la protección y garantía de Derechos Humanos.


El Acuerdo de Escazú, es un instrumento internacional firmado por México y aprobado por el Senado el 22 de abril de 2021, es vinculante para el Estado Mexicano, con eso, debe generar una agenda ambiental en la que se incluyan los principios que busca garantizar el instrumento internacional.


María Fernanda como oaxaqueña, sabe que hay muchas zonas que se encuentran contaminadas, pero que la ciudadanía desconoce de su ubicación concretamente y del tipo de contaminante que origina su deterioro. Un claro ejemplo es el río Atoyac y Salado, que transporta desechos humanos, líquidos originados por la basura que se encuentra alrededor de sus afluentes.


La contaminación de los ríos, termina generando problemas en la salud de las personas que viven en sus alrededores, incomodidad por el mal olor que desprenden sus aguas a todas las personas que transitan por los ríos.


Por eso, María Fernanda, al darse cuenta que por parte del gobierno federal no han cumplido con lo establecido en el Acuerdo de Escazú de crear un listado de las zonas contaminadas y su tipo de contaminante, no solo de Oaxaca, sino de todo el país. Decidió promover junto a Litigio Estratégico Indígena A.C. un juicio de amparo para obligar al gobierno federal a cumplir con su deber jurídico.


Este juicio de amparo se radicó en el Juzgado cuarto de Distrito en el Estado de Oaxaca, bajo el número 1018/2023.


Mediante auto de 14 de noviembre de 2023, el Juez cuarto de Distrito desechó de plano la demanda, al considerar que se actualizaba una causa de improcedencia, ya que, a su juicio carecía de interés legítimo para promover el amparo.


Tras esta determinación, María Fernanda y Litigio Estratégico Indígena A.C. promovieron una queja administrativa contra lo determinado por el Juez de Distrito. La queja quedó radicada en el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito.


Este Tribunal determinó revocar el desechamiento y ordeno admitir la demanda, porque a través de diversos precedentes se determina que toda persona cuando se trate de la materia ambiental, tiene el interés legítimo para promover un juicio de amparo.


Además el Tribunal, determinó a través de la teoría del entorno adyacente, María Fernanda, al vivir en un municipio conurbado por el cual pasa el río Atoyac y Salado, es beneficiaria o en este caso también termina perjudicada por la contaminación del río.


Con la determinación del Tribunal, se ordenó al juez de Distrito que admita la demanda de amparo. Con eso, siguiendo con la lucha para hacer cumplir el Acuerdo de Escazú.

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