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Revés al Incude, otorgan amparo a medallistas paralímpicos de Oaxaca



El juzgado quinto de Distrito en Oaxaca amparó a cinco atletas paralímpicos medallistas discapacitados oaxaqueños contra la omisión de Montserrat de los Ángeles Aragón Heinz, directora general del Instituto de Cultura Física y Deporte de Oaxaca, (Incude) porque se ha negado a otorgar el reconocimiento económico vitalicio que la ley establece en favor de los atletas paralímpicos medallistas.

El artículo 67 de la Ley de Cultura Física y Deporte, establece que los deportistas discapacitados oaxaqueños de alto rendimiento que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en Juegos Paralímpicos, Mundialista y Parapanamericanos tienen derecho a un reconocimiento económico vitalicio.


Los deportistas paralímpicos tienen este derecho desde el cinco de agosto de 2016, pero el Estado de Oaxaca no les ha otorgado este estímulo económico. Por tal razón, promovieron juicio de amparo representados por Litigio Estratégico Indígena, asociación que también postula el caso del rescate de los ríos Salado y Atoyac, en Oaxaca.


En la demanda de amparo, los quejosos, refieren que Montserrat de los Ángeles Aragón Heinz, directora general del Instituto de Cultura Física y Deporte de Oaxaca, desde 2016 se ha negado a otorgar el reconocimiento económico vitalicio mensual a 23 atletas oaxaqueños y que eso afecta su derecho a la alimentación y al libre desarrollo de la personalidad.


La sentencia ordena al Incude la creación de manera inmediata del Sistema Estatal de la Cultura Física y el Deporte y del fideicomiso público para que se otorgue el apoyo económico a los deportistas discapacitados.


Al ser entrevistado, Carlos Morales Sánchez, presidente de Litigio Estratégico Indígena A.C., refirió que la sentencia emitida por el juez quinto de Distrito representa un gran avance en la búsqueda de justicia por parte de los atletas paralímpicos porque el estado de Oaxaca a través del Incude se ha negado desde hace cinco años a proporcionar el apoyo que establece el artículo 67 de la Ley de Cultura física y el Deporte en el Estado de Oaxaca.


El gobierno del Estado de Oaxaca, dice Carlos Morales, ha sido deliberadamente omiso por cinco años en hacer efectivo este reconocimiento económico a los deportistas que han galardonado con glorias y medallas internacionales al estado Oaxaqueño. Esta omisión es permanente no obstante que la propia Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca también emitió una recomendación pública autónoma en contra de Montserrat de los Ángeles Aragón Heinz.


La sentencia de amparo primera instancia todavía puede ser recurrida por las partes y podría ser resuelto definitivamente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.


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