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Foto del escritorLEI A.C.

Resuelve la SCJN amparo para que el Congreso de la Unión legisle la Ley de Consulta Indígena



Este 10 de junio de 2020, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un amparo formulado por tres personas indígenas de Oaxaca contra el Congreso de la Unión por no haber construido la ley federal de consulta indígena. El caso fue postulado por una asociación civil denominada Litigio Estratégico Indígena integrada por abogadas y abogados indígenas oaxaqueños.


El amparo al que se hace referencia es la revisión número 1144/2019. Precisamente, al resolver el mismo, la Segunda Sala ordenó al Congreso de la Unión que construyera la ley nacional de consulta consultando a todos los pueblos indígenas al país,


Derecho a la consulta.


En la resolución, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sostuvo que las personas indígenas tienen derecho a ser consultadas siempre que el Poder Ejecutivo emita una decisión administrativa (megaproyectos, concesiones, permisos) susceptibles de afectarles. De igual manera, cuando el Congreso de la Unión o las legislaturas de los Estados emitan una ley que pueda causarles un perjuicio tienen derecho a la consulta previa.


La Segunda Sala explicó que el derecho a ser consultado proviene de la propia constitución mexicana y de los tratados internacionales, específicamente del artículo 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Y que debe ser previa, libre de coacciones, con información, con pertinencia cultural y de buena fe.


Omisión legislativa.


La SCJN reconoció, en el proyecto presentado por el Ministro Franco González Salas, que el Congreso de la Unión tenía el deber de construir la ley de consulta indígena desde el 14 de agosto de 2001, que uno de los artículos transitorios de la reforma constitucional establecía la obligación de legislar en materia de derechos indígenas. Que al no haber construido la ley, el órgano legislativo federal incurrió en omisión legislativa absoluta.


El juicio de amparo


Litigio Estratégico Indígena A.C. es una asociación civil oaxaqueña que por conducto de tres personas indígenas promovió el juicio de amparo. Las demandantes indicaron que la falta de una ley de consulta viola derechos humanos porque los gobiernos toman decisiones administrativas, instauran megaproyectos, otorgan concesiones sin escuchar la voz de los pueblos indígenas.


El juez decimoprimero de Distrito concedió en primera instancia, el amparo pero el Senado no estuvo conforme y presentó un recurso para que la sentencia fuera revisada. Debido a la importancia del tema planteado la SCJN atrajo el asunto y en la sesión de 20 de mayo de este año, desechó los argumentos del Senado, confirmó la sentencia y ordenó al Congreso de la Unión crear la ley federal de consulta.


Efectos de la sentencia


“Lo anterior, para el efecto de que el Congreso de la Unión cumpla con la obligación contenida en el parámetro de regularidad constitucional que integran los artículos 1, 2, apartado B, fracción IX, y apartado C, de la Constitución Federal, transitorio segundo, de su Decreto de reformas publicado en el Diario Oficial de la Federación el catorce de agosto de dos mil uno, así como 6 y 7 del Convenio 169 Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; y, en su esfera de atribuciones, regule las reglas y el procedimiento de consulta, previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.


Para ello, deberá iniciar el proceso legislativo correspondiente en el período de sesiones que se encuentre en curso o en el siguiente periodo ordinario, por conducto de la Cámara de Diputados y/o la Cámara de Senadores, además de consultar a los pueblos y comunidades indígenas de manera previa en la elaboración de la regulación respectiva, a fin de que la legislación tome en cuenta la opinión de los pueblos y comunidades indígenas mediante un ejercicio participativo de los sujetos a los que se dirige y que con ello se garantice la calidad democrática de su decisión.”


Entrevista


Carlos Morales Sánchez, presidente de la Asociación Civil que promovió el amparo indicó que desde la época colonial los pueblos y comunidades indígenas no han sido escuchados, lo que ha dado pauta para que sean desapoderados de sus recursos naturales. La importancia de contar con una ley de consulta radica en que por primera vez las personas indígenas que no han tenido voz puedan expresarse de manera libre y sin coacciones frente a las decisiones gubernamentales o bien para consentirlas o bien para expresar su rechazo.


El proyecto de sentencia puede ser consultada en


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