El miércoles 28 de agosto de 2024, el presidente de Litigio Estratégico Indígena, Carlos Morales Sánchez, impartió la conferencia “Derechos de los Pueblos Indígenas. Principales retos frente a la Reforma Constitucional”, en Chetumal, Quintana Roo.
La conferencia se llevó a cabo en el teatro “Constituyentes del 77” por invitación de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo de Quintana Roo.
Con la asistencia de servidores públicos del Poder Ejecutivo de ese estado del país y de cientos de personas integrantes de los pueblos indígenas, Carlos Morales, explicó que el nueve de agosto de 2019, le fue entregada al presidente de la República una iniciativa de reforma constitucional en materia indígena que proponía reformar los artículos 1º, 2º, 21, 27, 35, 41, 115 116, 26, 73, 89, 94, 99 y 102 de la Constitución.
Esta amplia iniciativa, lamentablemente, dijo, fue cercenada por la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal y ahora sólo se contempla la reforma de un solo artículo: el 2º constitucional.
También mencionó que el 22 de abril de este año, la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, aprobó por 21 votos su opinión a favor, con modificaciones, respecto a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma, adiciona y deroga el artículo 2º de la Constitución Política, presentada por el titular del Poder Ejecutivo.
Y que uno de los aspectos más importantes de la iniciativa de reforma es que se pretende reconocer a los pueblos y a las comunidades indígenas la calidad jurídica de “sujetos de derecho público” lo que les permitiría a los pueblos, negociar directamente con las empresas extractivistas que se asienten en su territorio.
Lamentablemente, explicó, en el dictamen aprobado por la Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados ya no aparece el derecho de los pueblos indígenas a disponer de su tierra y el territorio.
La iniciativa reconoce el deber del Estado Mexicano de consultar a los pueblos indígenas, y que este aspecto ya fue desarrollado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Entre los precedentes mencionó el amparo en revisión 1144/2019, promovido por Litigio Estratégico Indígena, que ordenó crear la Ley de Consulta Previa, Libre e Informada para los Pueblos y Comunidades Indígenas y afromexicanas de México, y que el Congreso de la Unión no ha creado, lo que lo coloca en desobediencia a la sentencia de la Suprema Corte.
Carlos Morales recalcó que los derechos indígenas previstos actualmente en la Constitución aún no aterrizan en su totalidad, por lo que es necesario litigar para materializar esos derechos.
El presidente de Litigio Estratégico Indígena recordó que el derecho al intérprete y al traductor sigue siendo un derecho vacío, porque el Estado Mexicano no ha asumido su deber de proporcionar dicho servicio. Indicó que ni el INPI ni el INALI han asumido como suyo el deber de proporcional el servicio de traducción e interpretación.
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