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CNDH emite recomendación a CONAGUA y al ayuntamiento de Santiago Juxtlahuaca para realizar acciones de saneamiento en el río Mixteco





Un recorrido llevado a cabo por personal de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) permitió constatar la contaminación por descargas residuales y desechos sólidos del río Mixteco y sus afluentes, por lo cual determinó emitir la Recomendación 212/2023 a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) y al Ayuntamiento de Santiago Juxtlahuaca, Oaxaca, en la que solicita poner en marcha un plan integral de saneamiento que involucre a los tres órdenes de gobierno.


La Comisión Nacional inició una investigación para determinar posibles violaciones a derechos humanos a partir de una queja presentada por una persona, en septiembre del año pasado, en la cual señaló que la contaminación del río era del conocimiento de las autoridades y, a pesar de ello, no emprendían acciones para atender el problema.


A partir de un trabajo in situ, realizado entre el 20 y el 23 de junio de 2023, visitadores de la CNDH recolectaron diversas muestras de líquido vital, obtuvieron parámetros fisicoquímicos básicos, fotografías, planos y datos de georreferenciación que, al ser analizados, permitieron advertir la presencia de residuos sólidos, agua de coloración café y gris, olores fétidos, descargas de drenaje provenientes de comunidades aledañas, de un rastro municipal, así como de una granja avícola y desechos de construcción y/o demolición; mientras que en una jornada de observación efectuada en la Presa Yosocuta se constató que el agua almacenada era de color café oscuro, que había peces muertos en la orilla, así como larvas y mosquitos en las aguas anegadas de los arroyos que conectaban con el río Mixteco.


Por otro lado, al solicitar información a la CONAGUA sobre el particular, se hizo énfasis en la inexistencia de plantas de tratamiento en el citado municipio, además de la carencia de acciones de autoridades locales para regular las descargas que se vierten, sin tratamiento previo, al afluente. Al ser cuestionada respecto a un inventario de descarga de aguas residuales, esa dependencia informó que no se localizó ningún permiso que tenga como cuerpo receptor al río Mixteco, además de que tampoco se advirtió interés alguno por regular dicha actividad, pues no ofreció detalles de visitas de inspección que se hubieren practicado.


Asimismo, la falta de cumplimiento de las obligaciones de la autoridad municipal en materia de prestación del servicio público de drenaje y alcantarillado; la adecuada gestión de residuos sólidos urbanos, de prevención de la contaminación y de protección al medio ambiente constituyeron, en conjunto, violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua de los habitantes de comunidades aledañas al río Mixteco.


En consideración de esta Comisión Nacional, mejorar el acceso a servicios de saneamiento básico y la adecuada gestión de residuos sólidos es fundamental para proteger la salud pública, al prevenir la propagación de enfermedades gastrointestinales y reducir las tasas de mortalidad, principalmente, en la población infantil.


Derivado de lo anterior, la Comisión Nacional emitió 12 puntos recomendatorios a la CONAGUA, entre los que sobresalen: solicitar al Organismo de Cuenca Pacífico Sur celebrar un convenio para la protección ambiental, restauración y reparación integral de los daños ocasionados por la contaminación del Río Mixteco en el que participen los sectores académico, empresarial y las organizaciones de la sociedad civil; así como diseñar un plan integral de saneamiento que garantice la participación de los tres órdenes de gobierno.


Igualmente, analizar la calidad del agua del afluente y poner en marcha un programa de monitoreo que permita garantizar la conservación ecológica; establecer convenios con el gobierno de Oaxaca que facilite el acceso a recursos para cumplir con los programas de alcantarillado, saneamiento y cultura del agua; inventariar los puntos de descarga de aguas residuales para determinar cuáles de ellos operan con Título de Concesión vigente y cuántos lo hacen de manera clandestina -a fin de iniciar los trámites legales a que haya lugar-, además de colaborar en los procedimientos que este organismo inicie para deslindar responsabilidades.


Por otro lado, entre los 18 puntos recomendatorios expedidos al Ayuntamiento de Santiago Juxtlahuaca se establece la necesidad de diseñar un programa integral de saneamiento del rio Mixteco; elaborar un cronograma de actividades para atender el problema de contaminación referido; verificar el estado operativo de la infraestructura asociada al servicio público de drenaje, alcantarillado y saneamiento para que, de ser pertinente, efectúe los trámites tendientes a ampliar su cobertura y capacidad.


Asimismo, gestionar que en los ejercicios fiscales de los próximos dos años se asignen recursos para instalar la infraestructura requerida en la prestación de los servicios asociados drenaje y alcantarillado; solicitar apoyo económico para ejecución de estudios y proyectos de construcción, rehabilitación o incremento de capacidad productiva y la óptima operación de sistemas de tratamiento de aguas residuales eficientes, entre otras medidas.


La Recomendación 212/2023 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede ser consultada en la página web cndh.org.mx.

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