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Carlos Morales presenta su primera obra jurídica



El abogado litigante decidió dejar en 178 páginas un mensaje: el litigio puede cambiar el mundo


En plena pandemia, el abogado Carlos Morales decidió recopilar y rehacer apuntes elaborados a lo largo de 20 años. Abrió las cajas donde guardaba copias de algunos expedientes de casos que a su juicio eran relevantes. La pandemia le dio el tiempo para elaborar su testimonio bibliográfico. Aparte de las innumerables conferencias y clases que impartió por plataformas remotas, decidió dejar en 178 páginas un mensaje: el litigio puede cambiar el mundo. Por eso escribió el libro Litigio Estratégico para el cambio social en México. Algunas reflexiones y algunos casos.

Carlos Morales nació en el Istmo de Tehuantepec. Estudió en la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca. Cuando tenía 28 años resultó vencedor en un concurso de oposición nacional: “se inscribieron 1 500 abogados y quedamos 33”. Su primera adscripción como defensor público federal del Poder Judicial de la Federación fue en su natal Salina Cruz. Ahí en su tierra observó por primera vez el choque entre derecho de los pueblos indígenas y el derecho positivo, es decir, el derecho que construye el gobierno central con la cultura de las personas indígenas.


“Me tocó defender a personas indígenas zapotecas que estaban presas por practicar su costumbre: por cazar iguanas, por recoger huevos de tortuga, por derribar un árbol para hacer carbón.” Dice mientras sacude copias de aquellos viejos expedientes. “El derecho penal siempre ha sido un instrumento de control estatal. En aquellos años, a fines de los 90, la situación de las personas indígenas era de invisibilización a pesar que seis años antes un puñado de indígenas chapanecos se levantaron en armas para decirle al gobierno “voltéennos a ver”.

Poco después, en el año 2001, los acuerdos de San Andrés serían constitucionalizados —con regateos— y el artículo 2º constitucional se convertiría en el papel, el catálogo de derechos indígenas.


Dice Carlos Morales que siempre que hay un problema social en México el Estado en vez de atender el problema social crea una ley y con esa actividad normativa piensa que el problema social queda resuelto.


Explica: “ante la lamentable situación de violencia contra las mujeres el Estado decidió no atender la problemática y erradicar la violencia, lo que decidió fue crear una ley contra la violencia. Lo mismo sucedió con la situación de las personas indígenas. El estado no se avocó a resolver la situación de marginación, exclusión y falta de oportunidades de los pueblos indígenas. Lo que hizo el Estado fue reformar la Constitución y meter en el artículo 2º constitucional un catálogo de derechos de los pueblos indígenas. Puro atole con el dedo. En la realidad las personas indígenas permanecían sufriendo el racismo, la discriminación y la exclusión”.


En el libro publicado por la editorial del Instituto Internacional de Responsabilidad Social en Derechos Humanos con sede en San José Costa Rica, Carlos Morales narra los esfuerzos que como defensor público federal efectuó para que los derechos de las personas indígenas tuvieran un anclaje en la realidad de estos pueblos.


La idea de que el litigio puede ser una herramienta para cambiar el mundo, vertebra todo el libro. Por sus páginas aparecen personajes olvidados que pusieron el cuerpo para que al cabo de largos y extensos litigios los tribunales definieran las reglas de operación de algunos derechos que la Constitución reconocía en el plano discursivo a los pueblos indígenas.


El libro relata varias “primeras veces”. Cuenta cómo fue la primera vez que un defensor de oficio llevó un caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). A este Alto Tribunal, solo tenían acceso los Hamdan, los Fernández de Cevallos y los Aguilar Zinser, es decir, los abogados de las grandes empresas y de los poderosos del país. No obstante, con ingenio y astucia, logró colocar su caso en la agenda del máximo tribunal del país. Y obtuvo su primer resultado exitoso. La SCJN declaró inconstitucional el artículo 171 del Código Penal Federal. Y este primer caso permitió que se replicara en mil veintiséis ocasiones más.


La presentación de la primera demanda de amparo en lengua indígena es un relato inquietante. La historia trascurre en Ixcotel. En México, el menosprecio a las lenguas indígenas es algo cotidiano.


La primera vez que la SCJN emitió jurisprudencia sobre una persona indígena sometida al proceso penal fue en el caso de Jorge, un joven indígena chatino. Jorge cometió el gravísimo delito de recoger huevos de quelonio marino para comer. Los chatinos consumen huevos de tortuga desde hace 1 500 años.


Jorge fue defendido exitosamente por Carlos Morales. Y el máximo tribunal del país sentó cinco jurisprudencias conocidas como “las nuevas reglas para juzgar a las personas indígenas”. La SCJN tuvo la oportunidad de explicar quién es indígena y quién no. Explicó qué es la especificidad cultural y quién debe investigarla. De manera muy precisa explicó el ámbito subjetivo de aplicación. Con estas primeras jurisprudencias el máximo tribunal del país empezó a dotar de contenido al discurso del artículo 2º constitucional.


En Litigio Estratégico Indígena Asociación Civil ha seguido por la senda del litigio por el cambio social. Y ha demostrado que el juicio de amparo es un instrumento para rescatar ríos (Caso de los ríos Salado y Atoyac) y es un mecanismo para obligar al Congreso de Oaxaca y al Congreso de la Unión a construir leyes de consulta indígena para dar voz a quienes nunca han tenido.


Consulte en: https://imparcialoaxaca.mx/arte-y-cultura/518557/carlos-morales-presenta-su-primera-obra-juridica/?fbclid=IwAR2Ak9ljR-WDfFs-RyIWOeYRBSH_knxsPNBnrsmJx2NYQgxt8hhLup2vVXI

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